Nota informativa sobre este nuevo arancel, remitida por la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en el marco de los trabajos de la Comisión Sectorial de Consumo.
La nota tiene por objeto ofrecer información y orientación sobre una medida que puede generar consultas por parte de las personas consumidoras, especialmente en relación con las compras realizadas a través de plataformas de comercio electrónico.
Como aspectos más relevantes, cabe destacar los siguientes:
- Marco temporal
Desde el 1 de julio de 2026, la Unión Europea ha establecido un nuevo arancel, o derecho de aduana, temporal de 3 euros sobre algunos productos de valor inferior a 150 euros procedentes de países de fuera de la Unión Europea. Incluso las compras realizadas antes del 1 de julio de 2026 podrán quedar sujetas al nuevo arancel si llegan a España con posterioridad a dicha fecha. Esta medida estará vigente hasta el 1 de julio de 2028, fecha a partir de la cual se aplicarán los derechos de aduana ordinarios que correspondan según el tipo de producto - ¿A qué compras afecta?
El arancel se aplica a productos de valor inferior a 150 euros enviados desde países de fuera de la Unión Europea. El criterio determinante es el lugar desde el que se expide la mercancía, con independencia de la nacionalidad de la plataforma de venta, el dominio de la página web o la moneda utilizada en la compra. - ¿Cómo se calcula?
El importe es de 3 euros por cada línea de la declaración aduanera, que habitualmente se corresponde con cada tipo o categoría de producto importado. Por ello, un mismo pedido puede generar más de un cargo cuando incluya artículos de distinta naturaleza. En la nota aparecen ejemplos prácticos. - ¿Quién paga el arancel?
La obligación de pago corresponde a quien presenta la declaración aduanera ante las autoridades aduaneras. No obstante, el coste puede repercutirse a la persona consumidora, bien integrándose en el precio final de la compra o bien siendo exigido en el momento de la entrega por la empresa que gestione la importación. - Devoluciones y desistimiento.
La aplicación de este arancel no modifica los derechos de las personas consumidoras en materia de desistimiento y devolución de productos, si bien el tratamiento del reembolso del arancel dependerá de quién haya realizado efectivamente su pago.
Asimismo, la nota incluye recomendaciones prácticas para las personas consumidoras, entre ellas verificar si el precio anunciado incorpora todos los costes asociados a la importación, revisar las condiciones de entrega y devolución y conservar la documentación de la compra.
Documentación sobre el tema para su consulta:
- Nota informativa (se adjunta en formato pdf): Nota informativa sobre el nuevo arancel de 3 euros en la compra de productos de valor inferior a 150 euros provenientes de terceros países | Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
- Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo, de 11 de febrero de 2026, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1186/2009 en lo que respecta a la supresión de la franquicia aduanera basada en umbrales: BOE.es – DOUE-L-2026-80212 Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo, de 11 de febrero de 2026, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1186/2009 en lo que respecta a la supresión de la franquicia aduanera basada en umbrales.
- Preguntas y respuestas sobre los derechos de aduana de 3 EUR: Preguntas y respuestas sobre los derechos de aduana de 3 EUR
- Solicitud devolución-condonación derechos importación-exportación: Agencia Tributaria: Solicitud devolución-condonación derechos importación-exportación
- Información de la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios publicada en el Portal del Consumidor. Nuevo arancel de 3 euros en compras online fuera de la UE: cómo puede afectar a los consumidores

